?Qu? Sucede en la audiencia de lectura de cargos por DUI en el Condado de Prince George?
Si usted recibi? Una citaci?n para comparecer en la Corte General de Distrito del Condado de Prince George (Prince George County General District Court) por un cargo de DUI (driving under the influence), ese primer d?a en la corte se conoce como la lectura de cargos o “arraignment”. En esa audiencia, el juez le informar? El cargo exacto que enfrenta bajo la ley de Virginia, le preguntar? C?mo se declara (culpable, no culpable o sin impugnaci?n) y fijar? La fecha para la pr?xima etapa del proceso o para el juicio. Law Offices Of SRIS, P.C. asiste a personas que enfrentan cargos de DUI en todo el estado y puede ayudarle a preparar su comparecencia, evaluar la evidencia en su contra y proteger sus derechos desde el primer momento. Para solicitar una consulta, llame al (888) 437-7747. Law Offices Of SRIS, P.C. – Advocacy Without Borders.
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ToggleEl proceso de la lectura de cargos por DUI
Cuando usted asiste a la lectura de cargos en la corte ubicada en 6601 Courts Drive, Prince George, VA 23875, el juez preside la sesi?n y lee la acusaci?n. Si se trata de un primer DUI, por lo general el cargo es una contravenci?n de Clase 1 (Class 1 misdemeanor) conforme al Va. Code ? 18.2-270. La pena m?xima puede incluir hasta 12 meses de c?rcel y una multa de hasta $2,500, aunque las consecuencias reales dependen de los hechos de su caso, de su historial y de las negociaciones con la Fiscal?a de la Commonwealth (Commonwealth’s Attorney).
El juez le preguntar? Si tiene un abogado. Si no tiene uno, puede solicitar al tribunal que le asigne un defensor p?blico si califica por sus ingresos, o puede pedir un breve aplazamiento para contratar representaci?n privada. En ese momento, usted deber? Declarar su postura: no culpable o, en ciertos casos, “sin impugnaci?n”. Su respuesta determina si el asunto seguir? Hacia una audiencia probatoria o si se dictar? Sentencia inmediatamente. Es fundamental contar con asesor?a antes de hablar con el juez; cualquier afirmaci?n que haga podr?a usarse en su contra posteriormente.
Posibles alegaciones y pasos siguientes
Declararse no culpable es lo m?s habitual en la primera cita, pues le permite al abogado examinar las pruebas de la fiscal?a, cuestionar la legalidad de la detenci?n o la confiabilidad del alcohol?metro y, en su caso, negociar una reducci?n del cargo. El tribunal fijar? Entonces una fecha para el juicio de fondo (bench trial), por lo general dentro de varias semanas. Durante ese lapso, su abogado puede presentar mociones para excluir evidencia o solicitar que se revelen los informes del laboratorio.
Si decide declararse culpable en la lectura de cargos, el juez evaluar? La pena ese mismo d?a o programar? Una audiencia de sentencia (sentencing hearing). Una condena por DUI conlleva puntos en su licencia, un posible curso de seguridad vial y, seg?n las circunstancias, la instalaci?n de un dispositivo de bloqueo de encendido. Cada caso es distinto; el resultado depende de la calidad de la defensa y de las particularidades de la detenci?n.
Preguntas Frecuentes
?Qu? Sucede si no me presento a la lectura de cargos por DUI?
No comparecer puede resultar en que el juez emita una orden de arresto (bench warrant) en su contra. Adem?s, el tribunal podr?a considerarlo como una renuncia a su derecho a estar presente y proceder en su ausencia, lo que suele derivar en una condena sin que usted haya expuesto su versi?n. Si tiene un compromiso ineludible, comun?quese con su abogado con anticipaci?n para evaluar si es viable solicitar una reprogramaci?n.
?Puedo declararme culpable en la lectura de cargos?
S?, aunque no es recomendable sin haber analizado la evidencia. Declararse culpable en esa primera audiencia implica aceptar la pena que imponga el juez, sin posibilidad de negociar una reducci?n. Un abogado puede revisar el caso, detectar si hubo errores en la detenci?n o en las pruebas de alcoholemia, y aconsejarle si conviene buscar un acuerdo con la fiscal?a.
?Me asignar?n un abogado de oficio en el Condado de Prince George?
El tribunal puede designarlo si usted demuestra que sus ingresos son insuficientes para contratar a un abogado privado. Deber? Completar una declaraci?n jurada de situaci?n econ?mica y someterse a la evaluaci?n del juez. Tenga en cuenta que, aun cuando califique, la representaci?n de oficio no siempre ofrece la misma dedicaci?n que un abogado contratado, y la decisi?n del juez sobre su elegibilidad es discrecional.
?Cu?nto tiempo dura la audiencia de lectura de cargos?
La sesi?n en s? Suele ser breve, a menudo menos de quince minutos. Sin embargo, el tiempo total en la corte depender? Del volumen de casos agendados ese d?a y del orden en que el juez llame a cada persona. Escuchar al juez, responder su declaraci?n y recibir la pr?xima fecha suele tomar apenas unos instantes.
?Puedo solicitar la suspensi?n del procedimiento (continuance) en la primera cita?
S?, y es frecuente pedir un aplazamiento si usted no ha tenido tiempo de contratar abogado o si necesita revisar las pruebas. El juez evaluar? La petici?n y, si la encuentra razonable, reprogramar? La lectura de cargos o el juicio para una fecha posterior. No se garantiza que el aplazamiento sea concedido; depende de las circunstancias y de la carga de trabajo del tribunal.
?Qu? Documentos debo llevar a la corte?
Debe presentar una identificaci?n v?lida con fotograf?a y la citaci?n o boleta que recibi? Del oficial. Adem?s, si tiene pruebas que puedan ayudar a su abogado —como recibos de establecimiento, videos o nombres de testigos— puede llevarlas para que su representante las eval?e. No olvide anotar su hora de comparecencia; muchas cortes comienzan puntualmente.
?Puedo evitar la c?rcel por un primer DUI?
Para una primera ofensa sin circunstancias agravantes, el encarcelamiento no es obligatorio, aunque el juez puede imponerlo. La ley de Virginia prev? Un m?nimo de cinco d?as de c?rcel si el nivel de alcohol en sangre supera 0.15 y hasta doce meses de prisi?n en el peor de los casos. Con una defensa s?lida, a menudo se logran resoluciones que evitan el tiempo en prisi?n, pero cada caso es ?nico.
?Afecta mi licencia de conducir una condena por DUI?
S?. La Divisi?n de Veh?culos Motorizados de Virginia (DMV) suspender? Su privilegio de conducir si es declarado culpable. Para un primer DUI, la suspensi?n suele ser de 12 meses, aunque puede solicitar una licencia restringida para ir al trabajo o a la escuela bajo ciertas condiciones. El abogado puede orientarle sobre los pasos administrativos que debe seguir ante la DMV.
?Qu? Sucede despu?s de la lectura de cargos no culpable?
El tribunal fijar? La fecha del juicio. Durante el periodo intermedio, su abogado recopilar? Las pruebas de la fiscal?a, entrevistar? A los oficiales involucrados, y presentar? Mociones si encuentra irregularidades. En la audiencia de juicio, el juez escuchar? Los argumentos de ambas partes y decidir? La culpabilidad m?s all? De toda duda razonable. Si es absuelto, el cargo desaparece; si es condenado, se dictar? La sentencia.
?Puede la fiscal?a retirar los cargos antes del juicio?
Es posible que la Commonwealth’s Attorney decida archivar el caso (nolle prosequi) si surgen debilidades en la evidencia o si se logra un acuerdo para que usted complete un programa de educaci?n vial u otras condiciones. No hay garant?a de que ello suceda, pero una revisi?n minuciosa de las pruebas por parte de su abogado incrementa esa posibilidad.
?Debo hablar con la polic?a o con el juez sobre mi caso sin un abogado?
No. Cualquier declaraci?n que haga puede ser usada en su contra. Tiene el derecho constitucional a guardar silencio y a contar con un abogado presente. Aun cuando el juez le haga preguntas simples, conviene que su abogado responda por usted o lo asesore.
?El DUI es un delito penal en Virginia?
S?; el DUI bajo Va. Code ? 18.2-266 se clasifica como una contravenci?n de Clase 1 (Class 1 misdemeanor) para la primera ofensa, y como delito grave (felony) en la tercera o si hay lesiones. Por tanto, la lectura de cargos es un procedimiento penal real, con consecuencias duraderas.
Sobre el Sr. Sris y el equipo de Of Counsel del bufete
Mr. Sris, Propietario y Fundador de Law Offices Of SRIS, P.C., fund? La firma en 1997. El bufete asesora a personas que enfrentan cargos de tr?nsito y DUI en Virginia y en otras jurisdicciones. El Sr. Sris y los Of Counsel del bufete, incluido el ex patrullero estatal el equipo del bufete (Of Counsel), analizan cada caso desde la perspectiva de quien conoce los procedimientos policiales, buscando errores en la detenci?n y en la recolecci?n de pruebas. Para discutir su situaci?n espec?fica, comun?quese con Law Offices Of SRIS, P.C. al (888) 437-7747 o visite nuestra p?gina principal de tr?fico en el Condado de Prince George.
Enlaces de inter?s: Traffic lawyer en el Condado de Fairfax, Fairfax (City) traffic attorney, Falls Church City traffic defense, Prince William County traffic abogado, Manassas City traffic lawyer.
Aviso legal: Publicidad de abogados. Los resultados pasados no garantizan resultados similares. Contenido revisado por Mr. Sris (admitido en Virginia, Maryland, Distrito de Columbia, Nueva Jersey y Nueva York).
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Los resultados de cada caso dependen de una variedad de factores ?nicos a cada caso.
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